A- de 2016
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Gloria Stella Rojas Obando·Demandado Tribunal Superior De Bogota, Sala Plena
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al juez de primera instancia
- Reiteración de Jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Sesenta y Uno Administrativo de Bogotá y la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.
La Corte recuerda que en relación con la definición del régimen de competencias por la naturaleza de la entidad demandada, se ha sostenido que sólo hay una regla sobre el particular en materia de tutela y es la referente a las acciones de amparo dirigidas contra la prensa y los demás medios de comunicación, cuyo conocimiento le corresponde a los jueces del circuito.
Se reitera igualmente, que cuando dos jueces de tutela llegan a promover una controversia por la aplicación o interpretación del Decreto 1382 de 2000, el expediente se remite aquel a quien se repartió en primer lugar, para que lo tramite inmediatamente y sin que medien argumentos adicionales atinentes a las reglas de reparto.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Sesenta y Uno Administrativo de Bogotá, para que sin dilación alguna le imparte el trámite que corresponda y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS la providencia del 9 de junio de 2016 proferida por el Juzgado Sesenta y Uno Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, dentro del expediente ICC-2424.
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado Sesenta y Uno Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá el expediente ICC-2424, para que de manera inmediata y sin dilación alguna, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar, dentro de la acción de tutela interpuesta por la señora Gloria Stella Rojas Obando a través de apoderada judicial, contra la Sala Plena del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y Colpensiones.
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.